Información y reservas
Contacto
- Ctra Guadalmar s/n Pol. Ind. Villa Rosa, (parking de caravanas) 29004 Málaga
- Teléfono: (+34) 684 20 40 55
- Email: info@autocaravanasalquilermalaga.es
CONDICIONES GENERALES ALQUILER
Únicamente son válidas las siguientes Condiciones Comerciales Generales de Autocaravanas Atlantis. No se admitirán aquellas condiciones del arrendatario que difieran o sean contrarias a las Condiciones Comerciales Generales del Arrendador. Estas últimas también serán válidas cuando el arrendador alquile sin reservas la autocaravana al arrendatario, aun conociendo las condiciones divergentes del arrendatario.
El Propietario cede en arrendamiento el vehículo en perfecto estado de uso y conservación, y en perfectas condiciones mecánicas, de seguridad y de salubridad. Además, autoriza expresamente al segundo como Conductor del vehículo referido. El objeto del contrato formalizado con el arrendatario es únicamente la entrega en régimen de alquiler del vehículo. El arrendatario no adeudará las prestaciones del viaje ni, sobre todo, la totalidad de estas últimas. En caso de reserva, entre el arrendatario y el/los arrendador/es se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada.
El Arrendatario utilizará el vehículo autocaravana único y exclusivamente como vehículo vivienda, para desplazarse y pernoctar tanto en territorio nacional como en extranjero sin más limitaciones que las previstas en la Ley y a las que puedan imponer países terceros al traspaso de sus fronteras. Se prohíbe expresamente destinar el vehículo a cualquier actividad contraria a la moral, a las leyes y a las buenas costumbres. Expresamente queda prohibido transportar más de la cantidad de personas permitida, realizar carreras, concursos, transporte de cualquier tipo de mercancías u objetos, y cualquier otro servicio o finalidad distinta de la convenida por ambas partes.
El contrato de arrendamiento tendrá la duración acordada por las dos partes y firmadas en dicho contrato. El periodo de alquiler comenzará con la firma del contrato y con la recogida del vehículo y finalizará transcurridos los días naturales acordados, procediéndose entonces a la devolución del vehículo, en el lugar designado y en la hora convenida por ambas partes. En caso de que se produzca la devolución antes de la finalización del periodo de alquiler contratado por razones no imputables al Propietario, se deberá pagar igualmente el precio íntegro del arrendamiento acordado contractualmente. Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado. Si se devuelve la autocaravana una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador computará 30,00 € por hora de retraso (con un máximo por día de retraso del precio fijado por jornada multiplicado por tres, según lo expuesto en el punto 5.4 de las presentes Condiciones Generales). El arrendatario además asumirá los gastos derivados, si los hubiese, del hecho que otro arrendatario u otra persona haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario.
LA FIANZA será devuelta 24 – 48 horas después de ser examinado el vehículo por un responsable de la empresa arrendadora, el cual, en caso de daños y/o desperfectos por mal uso, dictaminará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido en concepto como indemnización de la fianza depositada, por un valor de hasta 750,00 €, y será calculado en función del valor de cada pieza de recambio, el porte de las mismas y mano de obra a razón de 44,00 € más IVA la hora. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 30 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza, si procede. El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:
ENTREGA.
Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal técnico del arrendador en el punto de entrega. Asimismo, se elaborará un acta de ENTREGA en la que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción para su correcta utilización. Una vez confirmado el abono del precio acordado, se entregará la autocaravana con todos sus accesorios en perfecto estado de uso y conservación, en óptimascondiciones mecánicas, de seguridad y salubridad, y provista de toda la documentación necesaria. El vehículo se entregará completamente limpio, con el depósito de gasoil lleno, depósito de ADBlue lleno, el depósito de agua limpia (no potable) lleno, dos bombonas de gas y el WC vacío y listo para su uso, así como con todos los enseres de cocina, y se deberá devolver en las mismas condiciones.
DEVOLUCIÓN.
Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión preliminar de la autocaravana junto con los empleados de Autocaravanas Atlantis. La revisión final del vehículo se realizará por parte de Autocaravanas Atlantis dentro de las 72 horas hábiles siguientes a su devolución. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo y/o durante la revisión final, correrán a cargo del arrendatario.
Los retrasos en la devolución del vehículo, no autorizados, serán penalizados con una tarifa diaria del triple de la cantidad diaria aplicada en el contrato. Los posibles descuentos que se hayan aplicado al contrato no serán tomados en cuenta para esta penalización. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador por algún método fehaciente para que este la acepte; en caso contrario, se considerará un retraso no autorizado.
Si el arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo de tres días de antelación a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto este último ningún compromiso previo alguno.
Cualquier alteración de las fechas de alquiler deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo.
En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal del arrendador.
Llenar el depósito de agua potable con otro elemento que no sea propiamente agua, o el depósito de diésel con otro elemento que no sea combustible diesel, conllevará una penalización de 750,00 €.
La devolución antes de la fecha acordada del contrato no da derecho al reembolso de los días no disfrutados.
Los cargos adicionales serán:
Obligaciones del Propietario:
Incumplimiento y efectos. En caso de que el Propietario no entregue la autocaravana en las condiciones pactadas por causas imputables a él, se resolverá el contrato suscrito, procediendo a la devolución de los importes ingresados. El propietario no será responsable de los fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del vehículo, ni será responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente, como consecuencia de tales fallos o avería
Obligaciones del arrendatario:
El arrendatario queda obligado a conservar, mantener y devolver la autocaravana en el mismo buen estado en el que la recibe. El vehículo será conducido única y exclusivamente por el Arrendatario, una persona mayor de 25 años con más de 5 años de antigüedad mínima de su permiso de conducir clase B y que no le haya sido ni retenido ni retirado por las autoridades. Deberá aportar copia del carné de conducir en el momento de la entrega del vehículo. Además, podrá designar en este mismo acto al/los conductor/es, que, cumpliendo los mismos requisitos de edad y carné, podrán sustituirle en la conducción. También se responsabiliza de que solo puedan conducir aquellos que han sido declarados conductores en este documento y que hayan aportado copia de su carné. En caso de que una persona no autorizada conduzca la autocaravana, el arrendatario perderá la fianza en su totalidad (750,00 €). Si no es residente en la UE, deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional.
El Arrendatario, y en su caso el conductor, se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación. Igualmente, se compromete a no transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado. El arrendatario se obliga muy especialmente a cuidar los bienes arrendados (en su caso el bien arrendado) y conducirlo con la mayor diligencia y cuidado, respondiendo de cualquier deterioro derivado de una conducción defectuosa, negligente o temeraria. El arrendatario indemnizará al arrendador por cualquier menoscabo en los bienes arrendados, sea cual sea la causa de tal menoscabo.
El arrendatario se obliga a comprobar regularmente los niveles de aceite del motor, el nivel de Adblue, líquido refrigerante y cualquier otro correspondiente al vehículo, responsabilizándose, a su costa, del correcto mantenimiento del vehículo mientras esté en su posesión. Reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria, con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados, y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo, se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:
El arrendatario tiene la obligación de informar inmediatamente al arrendador, llamando al número de teléfono del centro de alquiler (este número se encuentra en el contrato de alquiler), como máximo el día siguiente, sobre cualquier accidente o daño sufrido por el vehículo alquilado, tanto en sus partes externas como en el habitáculo. Si no realiza esta notificación de manera diligente, el arrendatario será responsable de todos los gastos de lucro cesante equivalente a los días en los que el vehículo quede fuera de servicio para alquiler debido a los daños, esperando la llegada de las piezas necesarias. No se establecerá ni se prejuzgará la responsabilidad del incidente, excepto mediante el "Parte Amistoso de Accidentes". El arrendatario deberá recabar todos los datos de la otra parte y de los testigos, que enviará al arrendador junto con los detalles del accidente dentro del plazo estipulado. En caso de culpabilidad de la otra parte, se deberá informar de inmediato a las autoridades. El parte de accidente debe ser completado y firmado como máximo en el momento de la devolución del vehículo al arrendador e incluir los nombres y direcciones de las personas implicadas, sus datos de licencia de conducir, los datos del contrario incluyendo el nombre de la Compañía Aseguradora y el número de póliza, la información de los posibles testigos y las matrículas de los vehículos involucrados. En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará inmediatamente a las autoridades competentes, comunicándolo al arrendador y enviando una copia de la denuncia, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas. En caso contrario, las coberturas y seguros contratados quedan sin efecto. Incluso en daños sin la presencia de la otra parte, sin importar su gravedad, el arrendatario deberá redactar un detallado informe escrito para el arrendador, junto con un esquema que indique la hora, fecha, lugar, dirección y cualquier otra circunstancia relevante que contribuya a describir los hechos. Si el arrendatario no elabora este informe, independientemente de la razón, y esto impide que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario deberá abonar la totalidad del importe correspondiente. No se debe abandonar el vehículo sin tomar medidas adecuadas para protegerlo. En caso necesario, se debe contactar con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora. Si el arrendatario incumple alguna de estas medidas, cuando sean aplicables, el arrendador podrá reclamar al arrendatario los daños y perjuicios ocasionados por negligencia, incluyendo el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo de inmovilización del vehículo y los gastos asociados.
Defectos de la autocaravana
Se excluyen los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no atribuibles al arrendador.
El desgaste mecánico normal del vehículo es responsabilidad del arrendador. Cuando la duración del recorrido o las condiciones de las carreteras lo aconsejen, se llevarán a cabo las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.
Es imperativo detener el vehículo al iluminarse cualquier indicador que señale una anomalía en su funcionamiento, y contactar inmediatamente con el arrendador o con la Compañía de Asistencia designada, y únicamente con esta última. Se debe dirigir exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, a menos que exista una autorización expresa del arrendador.
El arrendatario podrá solicitar reparaciones necesarias para garantizar la seguridad durante el período de alquiler y que no excedan los 150,00 €, previa aprobación del arrendador. Este último asumirá los gastos de la reparación si se le presentan los justificantes originales y las piezas cambiadas, siempre y cuando el arrendatario no sea responsable del daño.
En caso de una reparación de este tipo por un daño atribuible al arrendador y que el arrendatario no resuelva, este último deberá informar inmediatamente al arrendador sobre el desperfecto y otorgar un tiempo razonable para su reparación. El arrendador no será responsable de las condiciones específicas de cada país (por ejemplo: infraestructura) que causen demoras en la reparación.
Si hay averías en los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá informar de inmediato al arrendador para recibir instrucciones sobre su reparación.
En caso de daños graves en la autocaravana o si se prevé que no se podrá utilizar por un período prolongado, y si el arrendador dispone de uno disponible, ofrecerá al arrendatario un vehículo de repuesto equivalente o superior en capacidad de plazas, excluyendo la rescisión del contrato.
Si siendo culpable el arrendatario, la autocaravana sufre graves daños o se prevé que no se podrá utilizar durante un largo período, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de reemplazo. En este caso, se excluye la rescisión del contrato por parte del arrendatario. Si el arrendador dispone de un vehículo de reemplazo, podrá cobrar al arrendatario los gastos derivados de ello.
Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo:
El arrendador no será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del vehículo, ni de gastos, retrasos o perjuicios directos o indirectos derivados de dichos fallos o averías. Si por fuerza mayor o causas ajenas al arrendador no se puede entregar el vehículo en la fecha acordada, no dará derecho a indemnización, salvo la devolución de la cantidad pagada en concepto de reserva al arrendatario. Los accesorios del vehículo (TV, antena, SafeDoor, conversores, pantallas solares, cámaras de visión exterior, navegadores GPS, estéreos, altavoces, etc.), así como las llaves y control de apertura, no están cubiertos por el seguro en caso de robo o pérdida, por lo que serán deducidos del valor de la fianza si faltan. El arrendador no asume responsabilidad alguna sobre el automóvil del arrendatario aparcado en las dependencias del arrendador durante el período de alquiler de la autocaravana. En caso de litigio relacionado con el contrato de alquiler de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea en Málaga.